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ABRIL 2004 - Volumen: 79 - Páginas: 18-22
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El Certificado de Eficiencia Energética de Edificios supone un aval técnico de la calidad energética de un edificio, frente a un futuro comprador de una vivienda. Es, además, un reconocimiento de todos los agentes que intervienen en el proceso (promotores, constructores, arquitectos, ingenieros, etc) que, desde una primera fase de diseño y posteriormente de construcción del edificio, se distinguen por su responsabilidad energética. Antecedentes CADEM, Centro para el Ahorro y Desarrollo Energético y Minero, es una sociedad anónima perteneciente al Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco. Desde su creación en 1981, su principal misión ha sido fomentar el uso racional de la energía y potenciar la eficiencia energética. Dentro del sector residencial y servicios, las medidas para obtener los objetivos anteriores son de distinto tipo: • De sensibilización o concienciación ciudadana, para evitar el despilfarro energético (medidas preventivas). • Otro tipo de medidas, para disminuir la demanda energética de los edificios y el consumo de sus instalaciones térmicas y eléctricas (medidas correctivas). Ahora bien, la experiencia acumulada durante los primeros años de actividad, demostró que si bien esta labor es imprescindible, la nueva edificación quedaba al margen de los límites normales de actuación. Es por ello que surgió la idea de crear un modelo de Certificación Energética de Edificios para su aplicación a la nueva construcción. Este proyecto se desarrolló entre 1985 y 1993, fecha en la que se implanta un modelo “no obligatorio” en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Normativa aplicable Nos tenemos que remontar a 1975 para encontrar las primeras medidas orientadas al ahorro de energía en el sector de la edificación. Poco más tarde, en 1979 se aprueba la Normativa Básica de la Edificación, Condiciones Térmicas, NBE-CT-79, que fija el valor máximo del coeficiente global de transmisión (KG) que puede tener un edificio, que es función de los materiales empleados, la forma del edificio, la energía utilizada y la zona climática en la que se encuentra. Dicha normativa se encuentra todavía en vigor, habiéndose quedado claramente obsoleta. Por otra parte, en 1980 se publica el Reglamento de Instalaciones de Calefacción, Climatización y Agua Caliente Sanitaria, que fija unos mínimos sobre equipamientos y rendimientos. En 1998 se publica el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), que sustituye al anterior reglamento, y que tras varias modificaciones, es el que se encuentra en vigor a fecha de hoy. Actualmente, se está desarrollando desde el Ministerio de Fomento del Gobierno Español el Código Técnico de la Edificación, en el que se van a fusionar éstas y otras normativas aplicables en la edificación. Además, la Directiva 2001/91/CE del Parlamento europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2002 relativa a la eficiencia energética de edificios, detalla que se deberá certificar energéticamente todo edificio de nueva planta. Esta directiva debe ser aplicada en los estados miembros a partir de enero de 2006.
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