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Hemos propugnado en otras ocasiones, la unión industrial con objeto de constituir: o concentraciones verticales entre industrias complementarias, o uniones circunstanciales de industrias diversas. Si la concentración vertical facilita la racionalización y la defensa económica en los momentos difíciles, la unión circunstancial puede ser el medio de procurarse asistencias para el estudio e implantación de reformas tanto en el orden social como en el comercial, el administrativo y el técnico. La concentración vertical conduce, como hemos indicado, a la racionalización y ésta a la baratura del producto; y, ello, porque reduce las organizaciones comerciales, las administrativas y hasta las técnicas, y favorece la supresión de intermediarios. Esto aparte, puede ser ampliado el campo de producción de una de las industrias concentradas cuando ésta sirve su material a otra del grupo para que pueda competir en la influencia extranjera. Al aumentar el rendimiento de sus elementos de trabajo, provoca la industria suministradora una baja en el precio de sus productos. Es como un dumping, ejercido en el seno de la propia concentración industrial, que puede menguar la crisis y mitigar el paro.
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