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MARZO 2003 - Volumen: 78 - Páginas: 51-52
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El Desarrollo Sostenible y en concreto la protección ambiental, como cualquier otra actividad desarrollada en el ámbito social, se encuentra regulado por una abundante normativa, de diferente rango y obligatoriedad para las personas físicas y jurídicas. Debido a la relativamente reciente incorporación de esta materia como factor clave en el diario quehacer, de las Empresas y de las Instituciones, así como de las personas a título individual, el aluvión legislativo es de grandes dimensiones y de notable complejidad. Por ello nos ha parecido de interés concretar y definir, brevemente, los diferentes tipos de Normativa existentes. En España, dado el modelo de Estado de las Autonomías, la autonomía municipal existente y la integración en la Unión Europea, existen cuatro niveles legislativos a los que todos los particulares y empresas nos hallamos sujetos en la actualidad. Es decir las normas que obligan al cumplimiento de determinados requisitos emanan de diferentes Administraciones en función de las competencias que posea cada una de éstas. Este sistema normativo complejo se estructura de la siguiente manera:El Derecho de las Comunidades Europeas se encuentra estructurado en dos grandes niveles: • Derecho originario: Son los Tratados que dan origen a las tres Comunidades Europeas y sus sucesivas modificaciones y reformas. Se trata de los Tratados Constitutivos y se encuentran sometidos a las reglas del Derecho Internacional tanto en su origen como en cada una de estas reformas. Podría decirse que se trata de la base de la UE y es el marco que estructura todas las relaciones de la UE en sus ámbitos de competencia así cómo la estructura administrativa y legislativa. En definitiva, preceptúa como se debe legislar a nivel comunitario y en qué materias. Se trata de: - Tratado de París (1951) por el que se crea la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). - Tratado de Roma (1957) por el que se constituye la Comunidad Europea de la Energía Atómica o EURATOM. - Tratado de Roma (1957) por el que se instituye la Comunidad Económica Europea. - Entre las modificaciones posteriores cabe destacar el Acta Única Europea de 1987 (reforma los Tratados Constitutivos de las Comunidades Europeas), el Tratado de Maastricht de 1992 (modifica el Tratado de Roma, el Acta Única y las revisiones anteriores), el Tratado de Amsterdam de 1997 y el Tratado de Niza de 2001. • Derecho derivado Son las normas jurídicas dictadas por los Órganos de la UE y están formadas por los actos jurídicos que desarrollan el Derecho originario. Son los siguientes, expresados por el orden en que habitualmente se muestran:
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