Search engine :
Return to the menu
Vote:
Results:
0 Votes
OCTOBER 2001 - Volume: 76 - Pages: 72-73
Download pdf
La Ley 46/1998 sobre introducción del euro fijaba el periodo máximo de duración de la convivencia física monetaria en seis meses (del 1 de enero al 30 de junio de 2002) en consonancia con lo dispuesto en la normativa comunitaria. Dejaba abierta la posibilidad de acortar el periodo de doble circulación. Este Plan, de acuerdo con la voluntad comunitaria expresada en el comunicado conjunto del Ecofin de 8 noviembre de 1999, prevé un cambio de la normativa reduciendo el tiempo máximo de coexistencia física de ambas monedas. Así, en lugar de los seis meses iniciales, se pasa a dos meses, del 1 de enero al 28 de febrero de 2002, fecha en que la peseta dejará de tener pleno poder liberatorio aunque siga conservando su valor de canje.
Share:
© Engineering Journal Dyna 2006 - Publicaciones Dyna, S.L
Official Science and Technology Body of the Federation of Industrial Engineers' Associations
Address: Unit 1804 South Bank Tower, 55 Upper Ground, London UK, SE1 9EY
Email: office@revistadyna.com
Regístrese en un paso con su email y podrá personalizar sus preferencias mediante su perfil
Name: *
Surname 1: *
Surname 2:
Email: *